MINISTERIO DE TRABAJO COLOMBIA PARA TONTOS

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En el señalamiento de las vistas y juicios el erudito o la letrada de la Despacho de Ecuanimidad atenderá a los criterios establecidos en el artículo 182 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Causa Civil, y procurará, en la medida de lo posible, señalar en un mismo día los que se refieran a los mismos interesados y no puedan ser acumulados, asÃ

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